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LIBRO:

Mt 5,17-48. SUPERIORIDAD DE LA LEY NUEVA



SUPERIORIDAD DE LA LEY NUEVA (Mt 5,17-48)

Introducción (5,17-20)

17 No penséis que he venido a abolir la Ley y los Profetas. No he venido a abolir, sino a dar cumplimiento.

18 Os lo aseguro: mientras duren el cielo y la tierra, no dejará de estar vigente ni una i ni una tilde de la ley sin que todo se cumpla.

19 Por tanto, el que traspase Cielos.

20 uno de estos mandamientos más pequeños y así lo enseñe a los hombres, será el más pequeño en el Reino de los Cielos; en cambio, el que los observe y los enseñe, ése será grande en el Reino de los Porque os digo que, si vuestra justicia no es mayor que la de los escribas y fariseos, no entraréis en el Reino de los Cielos.

¿Qué relación hay entre las Escrituras de la primera Alianza y la doctrina de Jesús? Jesús afirma que él ha venido a “dar cumplimiento” a la Ley en su totalidad, hasta en sus mandamientos más pequeños. Jesús no rompió con la Ley, sino con las interpretaciones excesivas de los fariseos.

No se trata, sin embargo, de la observancia material de todas las prescripciones de la Ley, y menos todavía según el criterio estrecho de muchos fariseos. Lo que Jesús quiere afirmar es que toda la Ley, es decir, la Escritura en su integridad, encuentra en él, en su persona y en su doctrina, su pleno cumplimiento y su acabada culminación. No son dos leyes, sino una sola, pero llevada a su perfección. De ahí los perfeccionamientos a diversos preceptos de la Ley, presentados a manera de antítesis.

Las seis antítesis (5,21-48) no son contradicciones a la Ley, sino más bien medios retóricos para un pleno cumplimiento de la Ley y los Profetas. Jesús afirma la validez permanente de la Ley (5,18-19), pero en una nueva interpretación, dada con plena autoridad (5,21-48). Jesús “cumple” la Ley, radicalizándola: a veces abroga la letra de la Ley (divorcio, ley del talión) y a veces da de ella una interpretación más exigente (homicidio, adulterio, juramento) o más suave (sábado). La clave hermenéutica de Jesús es el doble amor: a Dios y al prójimo (22,34-40).

Por otra parte, cuando Mateo escribe su evangelio, después de la caída de Jerusalén, existen en el cristianismo dos corrientes: los cristianos venidos del judaísmo (Santiago y Mateo) y los cristianos procedentes de la gentilidad (Pablo y sus seguidores). Santiago y Mateo permanecen fieles al cumplimiento de las observancias de la Ley (cf. Gál 2,12); Pablo insiste más bien en el ejercicio de la fe, de la esperanza y del amor (Rom 13,8-10). Se percibe tensión entre las dos corrientes.

El v. 19 probablemente se refiere a esta polémica. Mateo afirma que incluso los más pequeños mandamientos de la Ley son importantes, que la enseñanza y la práctica no deben separarse, pues sería una hipocresía, y que una recompensa mayor les espera a quienes cumplan mejor los preceptos de la Ley.

La “justicia” del v. 20 es la fidelidad a los mandamientos de la Ley de Dios. En los discípulos de Cristo, esta fidelidad debe ser mayor y más profunda que la “justicia” enseñada y exigida por los escribas y fariseos. Probablemente Mateo tiene ante su mente a los fariseos de Jamnia. Las antítesis (5,21-48) muestran que la justicia que Jesús proclama trasciende las demandas de Moisés. El sermón de la montaña ilustra la actitud y la acción que deben caracterizar a los hijos de Dios.

Los “escribas” son hombres versados en el estudio de la Ley50. Su origen se remonta al destierro babilónico, cuando los judíos, privados de la liturgia del Templo, releían y consignaban por escrito las tradiciones de su pueblo. Esdras fue un sacerdote escriba que invitó al pueblo a renovar su obediencia a la Ley. A los escribas se les llamaba rabbí (“mi maestro”). Tanto saduceos como fariseos tenían sus escribas; sin embargo, a partir de finales del siglo I sólo se conservó la tradición de los escribas fariseos.

Los “fariseos” o “separados” se distinguían por su asiduos comentarios de la Toráh y por el rigor de su disciplina moral, que los separaba de los demás. Brotaron de los hassidim. Juan Hircano y Alejandro Janeo los persiguieron cruelmente. Contaban entre ellos numerosos escribas. Deseosos de elaborar un cuadro preciso que permitiera la observancia de la Ley, elaboraron una lista de 613 preceptos (248 positivos y 365 negativos).

Las enseñanzas orales de los fariseos fueros puestas por escrito a partir del siglo II d. C. Los fariseos se reclutaban entre la gente humilde de la sociedad. El rigor de su vida inspiraba entre la gente del pueblo una gran confianza hacia ellos.

El homicidio y la cólera (5,21-26)

21 1. Habéis oído que se dijo a los antepasados: No matarás, y aquel que mate será reo ante el tribunal.

22 Pues yo os digo: Todo aquel que se encolerice contra su hermano será reo ante el tribunal, de fuego.

23 pero el que llame a su hermano “imbécil” será reo ante el Sanedrín, y el que le llame “renegado” será reo de la gehenna Si, pues, al presentar tu ofrenda en el altar te acuerdas entonces de que tu hermano tiene algo contra ti,

24 deja tu ofrenda allí, delante del altar, y vete primero a reconciliarte con tu hermano; luego, vuelve y presenta tu ofrenda.

25 Ponte enseguida a buenas con tu adversario mientras vas con él por el camino, no sea que tu adversario te entregue al juez y el juez al guardia, y te metan en la cárcel.

26 Yo te aseguro: no saldrás de allí hasta que no hayas pagado el último céntimo.
“Habéis oído que se dijo...”. En las asambleas sinagogales se enseñaba la Ley dada por Dios a los antepasados a través de Moisés: “No matarás” (Éx 20,13; Dt 5,17). “Pero yo os digo...”: Jesús aparece como el legislador que perfecciona los mandamientos de la Ley de Moisés. Antes del homicidio está la cólera. El homicidio puede ser más bien raro; en cambio, la cólera es una experiencia común.

Son tres especies de cólera y tres tribunales: los tribunales locales, el Sanedrín y el tribunal divino. Se trata de un procedimiento de acumulación. Los tres tribunales no son en realidad más que uno solo: el tribunal mismo de Dios, ante quien se tiene el juicio de todo acto.

La palabra de los vv. 23-24 recuerda las enseñanzas de los profetas: no puede haber verdadero culto a Dios sin justicia y amor. Dios no aceptará el don antes de la reconciliación (Mc 11,25).

En los castigos de los vv. 25-26 hay una gradación: el juez, el guardia, la prisión.

2. El adulterio y los actos internos (5,27-30)

27 Habéis oído que se dijo: No cometerás adulterio.

28 Pues yo os digo: Todo el que mira a una mujer deseándola, ya cometió adulterio con ella en su corazón.

29 Si, pues, tu ojo derecho te es ocasión de pecado, sácatelo y arrójalo de ti: te conviene más que se pierda uno de tus miembros que todo tu cuerpo sea arrojado a la gehenna.

30 Y si tu mano derecha te es ocasión de pecado, córtatela y arrójala de ti: te conviene más que se pierda uno de tus miembros que todo tu cuerpo vaya a la gehenna.
La Ley prohibía el adulterio (Éx 20,14; Dt 5,18). Jesús profundiza la Ley, superando el nivel de la acción exterior y llegando a la intención interior. Jesús condena la mirada de deseo culpable y la determinación interna de cometer el pecado. Los vv. 29-30 enseñan, en un estilo de hipérbole, el orden de prioridades (Mc 9,43-47).

3. El divorcio (5,31-32)

31 También se dijo: El que repudie a su mujer, que le dé acta de divorcio.

32 Pues yo os digo: Todo el que repudia a su mujer, excepto en caso de fornicación, la hace ser adúltera, y el que se case con una repudiada comete adulterio.

Jesús prohíbe el divorcio y va hasta el ideal de Dios en el paraíso (cf. Mt 19,1-9). La cláusula de excepción, “excepto en caso de fornicación”, ha sido interpretada de diferentes maneras. Véase la exposición de opiniones en la Biblia de Jerusalén, a propósito de Mt 19,9:

Dada la forma absoluta de los paralelos Mc 10,11s, Lc 16,18 y 1 Cor 7,10s, es poco verosímil que los tres hayan suprimido una cláusula restrictiva de Jesús y es más probable, en cambio, que uno de los últimos redactores del primer evangelio la haya añadido para responder a una determinada problemática rabínica (discusión entre Hillel y Shammai sobre los motivos que legitiman el divorcio), por lo demás evocada por el contexto, v. 3, que podía preocupar al medio judío-cristiano para el que escribía. Tendríamos, pues, aquí una decisión eclesiástica de alcance local y temporal, como lo fue el decreto de Jerusalén concerniente a la región de Antioquía (Hch 15,23-29).

El sentido de porneia orienta la investigación en la misma dirección:

a) Algunos quieren ver en este término la fornicación en el matrimonio, es decir, el adulterio, y encuentran aquí la dispensa para divorciarse en ese caso; por ejemplo, las Iglesias ortodoxas y protestantes. Pero en este sentido se habría esperado el término moijeia, que significa “adulterio”.

b) Porneia, en el contexto, parece tener el sentido técnico de la zenut o “prostitución” de los escritos rabínicos, dicha de toda unión convertida en incestuosa por un grado de parentesco prohibido según la Ley (Lv 18,6-30). Uniones de éstas, contraídas legalmente entre paganos o toleradas por los mismos judíos entre los prosélitos, causaron dificultades, cuando estas personas se convertían, en ambientes judío-cristianos legalistas como el de Mateo: de ahí la consigna de disolver semejantes uniones irregulares, que en definitiva no eran sino matrimonios nulos.

c) Otra solución considera que la licencia concedida por la cláusula restrictiva no es la del divorcio, sino la de la “separación” sin nuevo matrimonio. Esta institución era desconocida en el judaísmo, pero las exigencias de Jesús han dado lugar a más de una solución nueva, y ésta concretamente la supone ya claramente san Pablo en 1 Cor 7,11”.

4. El juramento (5,33-37)

33 Habéis oído también que se dijo a los antepasados: No perjurarás, sino que cumplirás al Señor tus juramentos.

34 Pues yo os digo que no juréis en modo alguno: ni por el cielo, porque es el trono de Dios;

35 ni por la tierra, porque es el escabel de sus pies; ni por Jerusalén, porque es la ciudad del gran rey.

36 Ni tampoco jures por tu cabeza, porque ni a uno solo de tus cabellos puedes hacerlo blanco o negro.

37 Sea vuestro lenguaje “sí, sí”, “no, no”: que lo que pasa de aquí viene del Maligno.

La Ley prohíbe el perjurio (Éx 20,7; Lv 19,12; Nm 30,3). Jesús va más allá. Al ordenar que no hay que jurar ni por el cielo, ni por la tierra, ni por Jerusalén, ni por la persona misma, quiere decir que todo esto pertenece a Dios, y en último término sería tomar a Dios como testigo de lo que se jura. Decir “sí, sí”, “no, no” es un juramento en la literatura judía y profana. Hay que jurar reduplicando solamente la afirmación o negación, sin poner por medio la divinidad.

Surge una pregunta: ¿no es lícito jurar en ciertas ocasiones? Textos del apóstol Pablo (Rom 1,9; 2 Cor 1,23; Gál 1,20; Flp 1,8), como también la práctica de la Iglesia, dan una interpretación legítima del logion de Jesús. Es lícito jurar cuando la necesidad y la importancia del asunto lo requieren. Generalmente, en los juramentos se toman por testigos los libros santos.

5. La venganza (5,38-42)

38 Habéis oído que se dijo: Ojo por ojo y diente por diente.

39 Pues yo os digo: No resistáis al mal; antes bien, al que te abofetee en la mejilla derecha ofrécele también la otra;

40 al que quiera pleitear contigo para quitarte la túnica déjale también el manto;

41 y al que te obligue a andar una milla vete con él dos.

42 A quien te pida da, y al que desee que le prestes algo no le vuelvas la espalda.

En la Ley está escrito: “Si resultare daño, darás vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie...” (Éx 21,23-25; cf. Lv 24,20; Dt 19,21). Es la ley del talión. Jesús prohíbe resistir por venganza, devolviendo mal por mal; pero no por eso aconseja la pasividad.

La doctrina y la práctica de Jesús no suprimen la posibilidad de resistencia psicológica o moral, ni la defensa justa (Jn 18,22), ni el combate contra el mal en el mundo. La Ley mandaba no recibir el manto del pobre como garantía (Éx 22,25; Dt 24,12); Jesús aconseja ceder incluso en este punto. La hipérbole o paradoja es manifiesta. Pablo expone una línea semejante de pensamiento en Rom 12,19-21.

6. El amor a los enemigos (5,43-47)

43 Habéis oído que se dijo: Amarás a tu prójimo y odiarás a tu enemigo.

44 Pues yo os digo: Amad a vuestros enemigos y rogad por los que os persigan,

45 para que seáis hijos de vuestro Padre celestial, que hace salir su sol sobre malos y buenos, y llover sobre justos e injustos.

46 Porque si amáis a los que os aman, ¿qué recompensa vais a tener? ¿No hacen eso mismo también los publicanos?

47 Y si no saludáis más que a vuestros hermanos, ¿qué hacéis de particular? ¿No hacen eso mismo también los gentiles?

La ley del amor al prójimo se lee en Lv 19,18: “Amarás a tu prójimo como a ti mismo”, pero en ninguna parte del AT se encuentra, como tal, la frase “odiarás a tu enemigo” (cf. Dt 7,2). Jesús está atacando tal vez una falsa interpretación que se hacía del AT. En oposición al odio, Jesús proclama el amor a los enemigos.

“Para que seáis hijos de vuestro Padre celestial, que hace salir su sol sobre malos y buenos...” (v. 45). Hay que notar que nuestra “filiación divina” es mencionada por Jesús en el cuadro del precepto del amor y del amor al enemigo. El cristiano, como hijo del Padre, tiene que imitarlo en su bondad y en su indulgencia universal.

Conclusión (5,48)

48 Vosotros, pues, sed perfectos, como es perfecto vuestro Padre celestial.

Cerrando esta catequesis sobre la “justicia”, Jesús proclama como cumbre de perfección la santidad misma del Padre de los cielos. San Lucas conserva en el sermón de la llanura una palabra semejante: “Sed misericordiosos, como vuestro Padre es misericordioso” (Lc 6,36).